Incapacidad
Extensión de los beneficios por incapacidad
Si se incapacita temporalmente mientras tiene la cobertura del Plan A, podría tener derecho a una extensión de la elegibilidad de 9 meses dentro de un periodo de 24 meses.
Los participantes elegibles del Plan R y del Plan B podrían tener derecho a hasta 4 meses de elegibilidad extendida.
Los participantes del Plan de Tarifa Fija y las partes interesadas no tienen derecho a esta extensión de la elegibilidad.
Para calificar para una Extensión por Discapacidad, debe presentar una solicitud a la Oficina del Fondo Fiduciario a más tardar los 12 meses a partir del Primer Día de Discapacidad.
Si su solicitud es aprobada, se puede otorgar una Extensión por Discapacidad para ampliar la elegibilidad existente (hasta un máximo de 4 meses para el Plan R y el Plan B o 9 meses para el Plan A), pero no para establecer la elegibilidad.
Aplica el "mes de demora". Por lo tanto, a fin de calificar para la extensión por discapacidad, debe tener elegibilidad para el mes en el cual usted queda discapacitado y para el mes siguiente.
Por ejemplo, si usted es elegible en abril y queda discapacitado en abril y tiene al menos 100 horas restantes en su Banco de Horas para deducir de la cobertura de mayo, puede recibir la Extensión por Discapacidad para ampliar su Banco de Horas por un mes adicional (para la cobertura de junio). Sin embargo, si hay menos de 100 horas en su Banco de Horas y usted no sería elegible para mayo, no se concederá la Extensión por Discapacidad.
Beneficio mensual suplementario por incapacidad
Los participantes que tienen la cobertura bajo los planes A, B, y R y que califican para una extensión de los beneficios de salud y bienestar por incapacidad son elegibles para recibir beneficios mensuales suplementarios por incapacidad durante los meses de la cobertura extendida. Esto aplica tanto a los participantes del plan Kaiser HMO como a los participantes del Plan Médico de Indemnización. Los participantes del Plan de Tarifa Fija no son elegibles para recibir los beneficios mensuales suplementarios por incapacidad.
Requisitos
Los beneficios mensuales suplementarios por incapacidad son pagaderos si cumple todo lo siguiente:
- Cumple con los requisitos de la extensión por incapacidad de la cobertura médica del Plan de Salud y Bienestar y ya comenzó esta extensión de su cobertura;
- queda incapacitado temporalmente debido a una enfermedad o lesión mientras es elegible bajo el Plan;
- era elegible bajo el Plan en 12 de los 24 meses calendario inmediatamente precedentes al primer día de incapacidad, suponiendo que su elegibilidad sea a través de las horas de trabajo o de su banco de horas, no como resultado de una extensión de la elegibilidad por incapacidad;
- trabajó para un empleador contribuyente al menos un día dentro del periodo de 30 días anterior al primer día de incapacidad; y
- está recibiendo, ya sea beneficios temporales del Seguro de Accidentes en el Trabajo o beneficios del Seguro Estatal por Incapacidad como resultado de la incapacidad, (o, si usted vive en un estado en el que no se proporcionan beneficios del Seguro Estatal por Incapacidad y no está recibiendo beneficios del Seguro de Accidentes en el Trabajo, usted proporciona una certificación por escrito de un médico aprobado por el Plan que indique que usted está incapacitado de acuerdo con la definición del Plan).
El Beneficio
Los beneficios son pagaderos solo a usted, el participante, y no se pueden asignar. Sobre el beneficio:
- La cantidad máxima que el Plan paga por el beneficio es de $365 por mes.
- El número máximo de meses pagaderos por cualquier período de incapacidad a los participantes que han calificado para recibir una extensión de la cobertura médica es de 9 meses para los participantes del Plan A o 4 meses para los participantes del Plan B y de Plan R.